Al ser designada la Mesa Directiva para efectuar los trabajos de un tercer periodo extraordinario de sesiones de la LXV Legislatura del Congreso de Aguascalientes, correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional; conformado por la diputada presidenta Nancy Gutiérrez, vicepresidente Arturo Piña, primera secretaria Gladys Ramírez, segunda secretaria Sanjuana Martínez y prosecretario Maximiliano Ramírez; se avalaron diversos asuntos en temas de ajuste a la Ley de Ingresos del Gobierno del Estado, justicia, seguridad pública, educación y cultura.
Como primer punto del orden del día, las y los congresistas aprobaron el dictamen de la Comisión de Justicia que resuelve las iniciativas que reforman los artículos 178 y 182 del Código Penal del Estado de Aguascalientes, propuestas por las y los integrantes de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), Ana Gómez, Mayra Torres, Verónica Romo, Yolytzín Rodríguez, Genny López, Leslie Figueroa y Karola Macías; los diputados Raúl Silva Perezchica, Emanuelle Sánchez Nájera y Maximiliano Ramírez; adhiriéndose la diputada Gladys Ramírez.
El objeto de las iniciativas que están encaminadas a fortalecer la protección de la seguridad pública e incluir en el Código Penal el delito de portación de armas prohibidas, la cual consiste en portar, fabricar, comercializar o acopiar sin un fin lícito armas químicas, instrumentos y objeto punzantes, cortantes, contundentes, punzo-cortantes, punzo-contundentes y / o corto-contundentes que solo puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales, domésticas, deportivas, recreativas o cuya naturaleza sea la defensa. Al culpable de este ilícito se le aplicarán de 6 meses a 4 años de prisión y de 25 a 250 días multa.
Además, se establece que al responsable de ataques a las vías de comunicación y a los medios de transporte dolosos se le aplicarán de 6 meses a 4 años de prisión y de 10 a 200 días multa.
Acto seguido, se avaló el dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, así como de Planeación, Desarrollo Urbano y Obras Públicas, que resuelven la iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Aguascalientes, que planteó la diputada María de Jesús Díaz Marmolejo.
El objeto de la iniciativa consiste en delimitar la coadyuvancia de la seguridad privada como auxiliar de la seguridad pública, con las diversas autoridades de las entidades federativas y municipios, en situaciones de emergencia o desastre.
Además, se propone como requisito para la autorización de fraccionamientos, condominios, desarrollos inmobiliarios especiales y urbanizaciones cerradas, la prestación de un proyecto de un sistema de video vigilancia conforme a lo dispuesto por la Ley de Video Vigilancia del Estado de Aguascalientes, el cual deberá ser aprobado por las instancias competentes de la Secretaría de Seguridad Pública.
De igual manera se avaló el dictamen de la Comisión de Vigilancia, que resuelve la Iniciativa por la que se reforma la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal del Año 2023, presentada por la Doctora María Teresa Jiménez Esquivel, Gobernadora del Estado.
El propósito de la iniciativa es para modificar algunos artículos referentes a la Universidad de la Policía y Ciencias de la Seguridad de Aguascalientes, en cuanto a conceptos para dar una mayor claridad, legalidad y certeza jurídica a la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal del año 2023 en relación a dicha Universidad.
Enseguida, el Pleno aprobó el dictamen de la Comisión de Justicia que resuelve la iniciativa por la que se reforman las fracciones VI, VII y VIII del artículo 107 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, presentada por las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
El objeto de la iniciativa consiste en aumentar la punibilidad de quien cometa el delito de homicidio o lesiones dolosas, en el supuesto de que la víctima sea una persona integrante de alguna de las Instituciones de Seguridad Pública, o de sus corporaciones auxiliares de acuerdo con la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes, y el resultado se provoque con motivo del ejercicio de sus funciones.
