Niños de entre 0 y 5 años no podrán ser llevados como pasajeros en motocicleta, de acuerdo con la reforma a la Ley de Movilidad para el Estado, aprobada por legisladores locales.
La modificación contempla multas para los conductores que no cumplan la disposición, aunque éstas deberán ser establecidas en un plazo no mayor a 30 días por autoridades municipales y estatales en sus reglamentos.
El diputado de Movimiento Ciudadano, Jaime Hernández Centeno, sostuvo que la modificación legal busca evitar la mortalidad infantil debido a accidentes en motocicleta, pues se marca una restricción específica al uso de estos vehículos por menores de edad que no puedan sujetarse solos. Esto implicaría niños entre 0 y 5 años.
En los casos en los que los niños si puedan sostenerse por sus medios, deberán utilizar debidamente colocado y ajustado el casco protector para motociclista.
Somos sensibles a las necesidades de la ciudadanía de desplazarse en moto, por tratarse de un medio de transporte asequible y rápido, por ello es de vital importancia que los menores usen casco protector y cintas de seguridad a fin de disminuir las pérdidas humanas derivadas de accidentes fatales”, dijo el diputado.
Indicó que las lesiones por accidentes de tránsito son la primera causa mundial de muerte en adolescentes de 15 a 17 años, y las lesiones por accidentes de tránsito estaban entre las cuatro principales causas de muerte en niños menores de 5.
